Sabemos en La Moto que eres un amante de la velocidad para disfrutar de tu vehículo y queremos que sea siempre con la seguridad que te brindamos y por eso te decimos cuales son los Limites Permitidos de Velocidad en el Valle de México, de esta forma la información te servirá para evitar ser multado o de causar un accidente que podría causar consecuencias médicas y legales.

¿Quién decide los límites de velocidad?

Con el nuevo Reglamento de tránsito para las vialidades de la ciudad, las FOTOCÍVICAS empezarán a detectar infracciones cometidas principalmente por invadir pasos peatonales, tener objetos que puedan distraer mientras conduces , no usar el cinturón de seguridad, entre otras cosas.

Entre lo más destacado del Reglamento de Tránsito se encuentra que, también cambió el limite de velocidad permitido. Con el nuevo reglamento, los límites de velocidad en vías de acceso controlado (entradas de carretera) será de 80 km/h, mientras que para las vías primarias (Ejes Viales) será de 50 km/h mientras que el límite establecido será  de 30 km/h para avenidas secundarias (Calles).

Para saber como aplicar estas disposiciones primero hay que saber identificar qué características corresponden a cada vía señalada te dejamos este glosario del que podrás aprender cuáles son los términos a los que se refiere el Reglamento de Tránsito

  • Vías primarias: son aquellas que tienen flujo vehicular continuo, controlado en su mayoría por semáforos, por ejemplo: avenidas importantes como universidad y paseo de la reforma por mencionar algunas.
  • Vías secundarias: son el 90% de las vialidades “locales” de la Ciudad. Prácticamente todas las avenidas importantes de tu colonia.
  • Vías de acceso controlado: son vías rápidas unidireccionales que atraviesan toda la ciudad y cuentan con 4 y 6 carriles. Por ejemplo circuito interior o el anillo periférico.
  • Zonas especiales: son las que se encuentran cerca de escuelas, hospitales o asilos. Para estas vialidades la velocidad es de 20 km/h.
  • Zonas peatonales: aquí la velocidad será de 10km/h y son calles de flujo peatonal constante y estacionamientos.

Se considera vías primarias el 90% de las vialidades de la Ciudad. Esto debido a que contactan barrios, colonias y pueblos y se accede directamente a las viviendas, comercios y equipamientos.

Según el reglamento de tránsito la velocidad en zonas escolares y hospitales es de 20 km/h, mientras que en estacionamientos y vías peatones la velocidad es de 10 km/h.

En resumen los límites de velocidad en el valle de México son 80 km/h en vías rápidas, 50 km/h en primarias, 40 km/h en secundarias, 30 km/h en zonas de tráfico calmado, 20 km/h en zonas escolares y 10 km/h en estacionamientos.

¿Cuáles son los límites en carreteras?

La velocidad máxima para circular por una carretera es de 110 km/h si así está indicado en los señalamientos, mientras en los que no, será de 50 km/h en carreteras urbanas y 100 km/h en carreteras; aunque hay que recordar que existen carreteras donde, por su estructura y peligrosidad, los señalamientos indican una velocidad mucho menor y debemos respetarla.

En caso de sobrepasar estas velocidades, la multa correspondiente es de 50 a 60 Salarios mínimos diarios si es de menos de 20km/h por encima del límite señalado, así como de 60 a 70 Salarios Mínimos Diarios si es mayor a 20 km/h por encima del límite señalado.

Al igual por circular demasiado lento puedes hacerte acreedor a una infracción, esto sucede cuando tu velocidad es tan baja que representa un riesgo para otros conductores o si entorpece el tránsito vehicular, por lo que la multa va de los 10 a los 15 Salarios Mínimos

Recuerda que las carreteras federales cuentas con radares de velocidad y diversas formas de saber si estás viajando a exceso de velocidad, y que en caso de detenerte ellos pueden decidir si únicamente te amonestan o te levantan una infracción, lo cual, en caso de hacerlo, no pueden retener tu licencia ni documento alguno en garantía.

También te recomendamos leer Prevención de una Motocicleta

¿Hay Límites de velocidad para camiones?

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes  expuso que el nuevo reglamento incluye aspectos para incrementar la seguridad en las autopistas y carreteras del país, mejorar la conservación de la infraestructura, promover la competitividad y contribuir a la conservación del medio ambiente.

Así, se mantiene el peso bruto vehicular para los tractocamiones doblemente articulados o full en 66.5 toneladas, y para el full diferenciado 70 toneladas, mismos que únicamente podrán circular en caminos Tipo “ET” y “A” y, por excepción, en carreteras tipo B cuando cuenten con autorización especial de conectividad.
Los fulles deberán contar con equipamiento que contribuya a la seguridad, como tecnología GPS, frenos ABS, freno auxiliar de motor o retardador o freno libre de fricción.

La velocidad máxima para las unidades doblemente articuladas o fulles será de 80 kilómetros por hora.

En La Moto sabemos la importancia de esta información para nuestra seguridad y la de los demás, ya que de no respetar los Limites de Velocidad podrías ocasionar un Accidente.