En La Moto nos preocupamos por tu seguridad, pero tambien por tu bolsillo es por eso que te decimos cuales son las principales Multas a Motociclistas de las cuales te puedes hacer acreedor al circular, esperando te sirva esta informacion para evitar sel Multado.

Auque muchos conductores son amantes de transgredir las reglas es importante conocer el reglamento de transito para saber nuestros derechos así como nuestras obligaciones.

La nueva reglamentación de tránsito de la Ciudad de México, que entró en vigor el martes 15 de diciembre, le da prioridad a los peatones, ciclistas, usuarios de transporte público, prestadores de servicio del transporte público y prestadores del servicio de transporte de carga y mercancías antes que a los motociclistas y usuarios de autos particulares

En La Moto te Mencionamos los principales artículos del reglamento para Motociclistas

ARTÍCULO 21. Se prohíbe a los conductores de motocicletas:

I. Circular sobre las aceras y áreas reservadas al uso exclusivo de peatones; salvo que el conductor ingrese a su domicilio o a un estacionamiento, debe desmontar;
II. Circular por vías ciclistas exclusivas;
III. Circular por los carriles confinados para el transporte público de pasajeros;
IV. Circular entre carriles, salvo cuando el tránsito vehicular se encuentre detenido y busque colocarse en el área de espera para motocicletas o en un lugar visible para reiniciar la marcha, sin invadir los pasos peatonales;
V. Circular por los carriles centrales de las vías de acceso controlado cuando utilicen vehículos menores a 250 centímetros cúbicos;
VI. Circular en vías en las que exista señalización vial que expresamente restrinja su circulación, carriles centrales y segundos niveles de vías de acceso controlado.
VII. Hacer maniobras riesgosas o temerarias, cortes de circulación o cambios abruptos de carril que pongan en riesgo su integridad y la de terceros;
En caso de incumplimiento a lo dispuesto en este artículo, el vehículo podrá ser remitido el depósito vehicular y el motociclista será sancionado.

ARTICULO 8.  Los conductores de todo tipo de vehículos deben:

V. Rebasar otro vehículo sólo por el lado izquierdo; en el caso de vehículos motorizados que adelanten a ciclistas o motociclistas deben otorgar al menos la distancia de 1.50 metros de separación
lateral.

Cabe apuntar que la multa de esta infracción va de 5 a 10 veces la Unidad de Cuenta (hasta $755) y un punto a la licencia.

En tanto, el Artículo 33 especifica que en aquellas zonas en donde haya parquímetros, las motocicletas deben estacionarse en los lugares designados para estos vehículos, de lo contrario podrán ser inmovilizadas.

Por su parte, el artículo 37 (fracción III, inciso C) apunta que los motociclistas deberán circular todo el tiempo con las luces traseras y delanteras encendidas. Y agrega que se deben usar aditamentos luminosos o bandas reflejantes en horario nocturno, de lo contrario serán multados.

Otro punto a destacar por los motociclistas del Reglamento de Tránsito es que transportar pasajeros menores de 12 años o a uno entre el conductor y el manubrio representa una infracción.

Los motociclistas deberán circular todo el tiempo con las luces traseras y delanteras encendidas y usar aditamentos luminosos o bandas reflejantes en horario nocturno; de no hacerlo se les cobrará una multa de 349.75 pesos (sanción equivalente a 5/ 10 veces la Unidad Cuenta de la Ciudad de México).

En La Moto te recordamos tomar en cuenta el  Capítulo IV, Artículo 60, del reglamento, Seguridad Pública (policías azules) coadyuvarán con la Secretaría para la aplicación de sanciones por el incumplimiento a la Ley y a este Reglamento cuando exista flagrancia. Esto quiere decir que, un policía azul te puede detener por alguna infracción y solicitar el apoyo de tránsito (policías amarillos) para que te multen y de ser el caso, remitirte al corralón.

Ahora que ya sabes y conoces las Multas a Motociclistas debes evitar caer en esos errores para evitarlas.